Iglesia-Estado

 

Prior Valle Caídos: el Gobierno no se atreverá a exhumar a Franco por la fuerza

 

Santiago Cantera asegura que "tendría consecuencias penales". Franco fue embalsamado, por lo que puede tener un buen estado de conservación

 

 

16/02/19


 

 

El Consejo de Ministros del Gobierno de Pedro Sánchez culminó ayer el procedimiento del real decreto que aprobó el pasado 24 de agosto para proceder a la exhumación de Francisco Franco y ha dado 15 días a la familia del dictador para elegir donde quiere inhumar sus restos, según adelantó ayer El Confidencial Digital.

La familia de Franco, a través de su albacea, el abogado Luis Felipe Utrera Molina, tiene la intención de recurrir al Tribunal Supremo esta decisión final del Gobierno, con medidas cautelares que paralicen el desentierro de Franco.

 

Consecuencias penales

Por su parte, el prior del Valle de los Caídos, el monje benedictino Santiago Cantera, quien presentó el pasado 17 de enero la segunda fase de alegaciones contra la exhumación de Franco, ha afirmado a Religión Confidencial: "No creo que el Gobierno se atreva a exhumar a Franco por la fuerza, máxime cuando ha convocado elecciones para el 28 de abril".

Recuerda el prior que la familia de Franco tiene hasta dos meses para recurrir, aunque este disposición final de Gobierno haya instado a la familia a decidir en quince días donde descansará finalmente su abuelo. Los familiares no tienen plan B: su apuesta única es  La Almudena, a pesar de la negativa del Gobierno que considera la catedral lugar no apto para depositar los restos del dictador, porque podrían alterar el orden público y ser también un lugar de exaltación política.

"El Gobierno y Patrimonio Nacional son conscientes de que exhumar por la fuerza, sin autorización de la familia ni de la Iglesia, puede tener consecuencias penales", subraya el prior de la Abadía a RC.

 

Cuerpo en buen estado de conservación

Santiago Cantera, que se encuentra estos días sorteando medios de comunicación pero sí atiende a RC, insiste que esta disposición final del gobierno "no puede ser de ejecución inmediata" a pesar de que Patrimonio tiene un plan para exhumar al dictador en pocas horas y por un coste de 3.800 euros.

Respecto a la forma de desenterrar a Franco, el monje benedictino recuerda que su cuerpo está embalsamado y, por tanto, la forma de desenterrarlo requiere un tratamiento jurídico especial y emplear unos cuidados determinados.

"Los operarios se pueden llevar incluso hasta un susto, pues el cuerpo puede que esté en buen estado de conservación. No serán restos óseos lo que quede, sino más bien, un cuerpo que se asemeje a una momia", declara Santiago Cantera.

 

Yacen en lugar sagrado

Entre las alegaciones que presentó el pasado 17 de enero el abad en el procedimiento de exhumación y traslado de los restos de Franco,  y a las que ha tenido acceso RC, se encuentra en primer lugar que los restos de Franco yacen en “lugar sagrado” "(circunstancia que el Real Decreto-Ley 10/2018 nunca contempló), siendo sus sepulturas manifestación de un acto de culto, concreto y definido, a través del cual se exterioriza la relación con Dios de los fieles católicos fallecidos, teniendo todo ello, consecuentemente, una trascendencia religiosa evidente".

La segunda razón por la que se oponen a la exhumación es, como es bien sabido, "la patente oposición al acto de exhumación que ha sido manifestada por los familiares del finado, habiéndose judicializado la controversia entre ellos y el Gobierno ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo".

El prior deja claro que "no existe por parte de esta Abadía ninguna otra razón —ni personal ni, mucho menos, política— para oponernos a la actuación que este Gobierno pretende llevar a cabo, más allá de la sincera consideración de que haciéndolo, en las actuales circunstancias, estaríamos incumpliendo principios religiosos y morales que no podemos desconocer y afectando, al mismo tiempo, a derechos fundamentales de los familiares del difunto, causándoles un irreparable perjuicio".

 

Obligación moral y jurídica

Para el prior del Valle  hasta que no se produzca el consenso, "esta Comunidad tiene la obligación moral y jurídica de velar por el cumplimiento de sus finalidades fundacionales y por que se otorgue la consideración debida a todos los bautizados cuyos restos mortales se encuentran depositados en el Valle de los Caídos".

Otra de las alegaciones que ha presentado es la relativa a los acuerdos entre la Santa Sede y el Estado Español: exhumar un cadáver de un lugar sagrado está sujeto a la exclusiva competencia de la autoridad eclesiástica competente, con arreglo al Derecho Canónico.

Y matiza el pliego de alegaciones: "Toda actuación en el interior de un “lugar sagrado” está sujeta a la preceptiva autorización eclesiástica. La Iglesia no se limita a autorizar un mero “acceso” para desarrollar, en el interior de la Basílica, cualquier actuación, sino que, ejerciendo su exclusiva competencia en un “lugar sagrado”, debe autorizar o no la exhumación de restos mortales enterrados en su interior".

 

Contra la libertad religiosa

La tercera razón que alegan es que, `"partiendo, pues, de la base de inaplicación, al caso que nos ocupa, por prevalencia jerárquica de un Tratado internacional, la adopción de un eventual acuerdo de exhumación, sin autorización eclesiástica, conllevaría, además, una clara vulneración del derecho a la libertad religiosa".

Asimismo, otra alegación que presentan es que exhumar a Franco de este modo, podría ser inconstitucional. "Efectivamente, la potestad del Gobierno para dictar disposiciones legislativas provisionales en forma de decreto-ley, exige dos requisitos esenciales: En primer lugar, que se trate de un supuesto de “extraordinaria y urgente necesidad” y en segundo lugar, que no afecte, entre otros extremos, “a los derechos y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I de la Constitución”.

"¿Qué extraordinaria y urgente necesidad puede existir, respecto a la actuación que se pretende, en el año 2018, que no existía en el año 2011, o en el año 2007, o en el año 1976, o en el año 1978?", se expone en las alegaciones.