Iglesia-Estado

 

Caso Cuatrecasas-Martínez. El profesor de Gaztelueta opta por no comparecer ante el tribunal canónico

 

Se han presentado sus abogados, que han reclamado al juez que acredite su nombramiento y facultades, y presente el decreto del Papa sobre irretroactividad del caso

 

 

 

27/03/23


Mons. José Antonio Satué Huerto.

 

 

  1. El proceso
  2. Sentencia del Supremo
  3. Normativa canónica
  4. Equipo de defensa
  5. Nombramiento y facultades
  6. Irretroactividad
  7. Tribunales internacionales
  8. Requerimientos
  9. Juzgado dos veces
  10. No asistencia a la citación
  11. Nuevas actuaciones
  12. Irregularidades

 

 

 


Colegio Gaztelueta.

 

 

 

La conversación del Papa Francisco con Juan Cuatrecasas en el documental “Amén”, dirigido por Jordi Évole, y la citación al profesor José María Martínez Sanz para que hoy, lunes, acuda a declarar al Seminario de Pamplona, citado por el tribunal canónico presidido por el obispo de Teruel y Albarracín, monseñor José Antonio Satué, han vuelto a poner en el centro de la actualidad el caso Cuatrecasas-Martínez.

Se trata de un proceso canónico sobre el que ha pesado una losa de silencio, roto ahora porque Religión Confidencial ha tenido acceso a fuentes cercanas a la defensa de José María Martínez Sanz, el laico miembro numerario del Opus Dei que fuera profesor del Colegio Gaztelueta en Lejona.

Esas fuentes han relatado el itinerario de lo que consideran “un proceso que desde el primer momento se planteó como una campaña mediática en la que José María Martínez estaba siendo utilizado como imagen para conseguir un determinado fin” .

 

El proceso

Para entender lo que está ocurriendo, el sentido y la finalidad de ese proceso, es precisa una narración detallada de los hechos.

El 15 de septiembre de 2022, el obispo de Bilbao, Joseba Segura, por indicación de la Santa Sede, hizo pública una nota de prensa en la que daba a conocer que el papa Francisco “ha considerado oportuno ordenar la instrucción de un proceso canónico, encomendado a Mons. José Antonio Satué Huerto, obispo de Teruel y Albarracín. Como notario actuará el Rvdo. José Luis Perucha Rojo, Rector del Seminario de la Diócesis de Sigüenza-Guadalajara. La Dra. Mirian Cortés Dieguez, Rectora del Universidad Pontificia de Salamanca, y el Rvdo. Federico Mantaras Ruiz-Berdejo, Vicario general de la Diócesis de Asidonia-Jerez, serán los asesores”.

La nota añadía que “con este proceso se pretende depurar responsabilidades y ayudar a sanar heridas producidas”.

José María Martínez tuvo conocimiento de la instrucción del proceso por la nota del obispo de Bilbao. Días después recibió un carta de monseñor José Antonio Satué en la que, entre otras afirmaciones, le decía que, si por alguna razón estuviera dispuesto a decir la verdad que no quiso declarar en su momento, estarían dispuestos a recibirla.

 

Sentencia del Supremo

José María Martínez Sanz fue condenado por la justicia civil, con sentencia firme 467/2020 del Tribunal Supremo, el 21 de septiembre de 2020. Siendo ponente el juez Manuel Marchena, se le condenó a dos años por un delito continuado de abusos sexuales, a pena de prohibición de acercarse a la víctima durante cuatro años, y a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Anteriormente, la Audiencia Provincial de Vizcaya había condenado al docente a 11 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales por cinco episodios fácticos de abusos sexuales cometidos por el acusado en su despacho. El Tribunal Supremo estimó de forma parcial el recurso presentado por el profesor –vulneración del derecho a la presunción de inocencia- y excluyó de los hechos probados dos de los cinco episodios que condicionaron la gravedad de la pena, al apreciar “una insuficiencia probatoria y un discurso valorativo que no podemos avalar”.

 

Normativa canónica

Desde el punto de vista canónico, el profesor de Gaztelueta, que siempre ha defendido su inocencia, no ha sido condenado porque, cuando sucedieron los hechos objeto del delito, la normativa canónica vigente preveía que quienes eran objeto de un proceso debían ser clérigos y no un laico, como es el caso que nos ocupa.

A pesar de ello, la Congregación para la Doctrina de la fe, el Dicasterio competente para los delitos reservados de un clérigo con un menor, ordenó una investigación. José María Martínez, en ese momento, no quiso impugnar la investigación, aunque consideraba que no era competente, “porque estaba convencido que todo era mentira y no iba a ninguna parte, quería colaborar y esclarecer la verdad, y por respeto al alumno y a la familia, al pensar que se estaba actuando de forma bienintencionada”, según las fuentes consultadas.

Como resultado de esa investigación canónica ordenada por la Congregación para la Doctrina de la Fe, la citada Congregación, teniendo en cuenta los diversos informes, en particular el de la inspección educativa del País Vasco, la decisión que en su día tomó el fiscal del fiscal de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que no encontró pruebas suficientes, y el resultado de la investigación ad casum, entre otros, acordó el archivo del caso, y el cardenal Ladaria mandó una carta diciendo que se restituyera la fama del profesor.

 

Equipo de defensa

La nueva misiva enviada por monseñor Satué a José Antonio Martínez en el mes de septiembre de 2022, comunicando la apertura del proceso canónico, hizo que se constituyera un equipo de defensa del profesor, compuesto por un abogado procesalista civil, una abogada penalista y un canonista.

De fuentes conocedoras del proceso, Religión Confidencial ha podido saber que en la parte civil está actuando el despacho López Echevarria Mikel, y por la parte canónica el catedrático de procesal canónico de la Universidad de Navarra Jorge Miras, que a instancias de esta redacción se han negado a hacer declaración pública alguna sobre el caso.

 

Nombramiento y facultades

En el mismo mes de septiembre de 2022, la defensa del profesor, en respuesta a la carta de monseñor Satué, planteó por escrito al presidente, el obispo de Teruel y Albarracín, una serie de cuestiones referidas a la necesidad de que acreditara fehacientemente su nombramiento, cuáles eran sus facultades, y por qué la creación de ese tribunal especial.

También se le requirió que explicara cuál es la naturaleza del procedimiento, las competencias de ese tribunal, y la base para poder juzgar a un laico.

Una práctica común en todos los ordenamientos jurídicos es que las cuestiones previas deben ser resueltas antes de poder celebrar cualquier juicio.

 

Irretroactividad

Hay un dato que no pasa inadvertido. En la carta de monseñor Satué al profesor se decía, además, que el Papa estaba dispuesto a dispensar de la norma que establece la irretroactividad de la ley penal para que José María Martínez Sanz pudiera ser juzgado.

Este supuesto causó perplejidad y sorpresa en los ámbitos jurídicos, porque la irretroactividad es un principio reconocido en todos ordenamientos internacionales y en las constituciones de todos los Estados democráticos.

En la respuesta de los abogados del docente a la misiva de monseñor Satué se pedía que se presentara el decreto del papa Francisco que dejaba en suspenso la irretroactividad de la ley penal canónica.

Entendía la defensa del profesor que podrían tener un decreto donde el Papa suspendiera la irretroactividad de la ley, que quizá no lo querían enseñar, o bien no lo tenían, ante lo insólito de esa decisión, y que se estaba utilizando la figura del Papa, sin aportar ese documento, con lo que se causaba un daño reputacional tanto al Papa como a la Santa Sede.

 

Tribunales internacionales

De existir ese documento, a continuación se habrían iniciado una serie de actuaciones en los tribunales internacionales que habrían afectado negativamente a la imagen internacional de la Santa Sede.

La respuesta a las demandas y a las cuestiones previas de los abogados planteadas a monseñor José Antonio Satué nunca llegó. Se produjo una especie de gran silencio procesal.

Fuentes del Vaticano han señalado a Religión Confidencial que, en ese período, el proceso pasó a ser estudiado por diversos ámbitos jurídicos de la Santa Sede, que advirtieron de algunas de las consecuencias diplomáticas que tendría tal y como se estaba planteando.

 

Requerimientos

El silencio a los requerimientos de los abogados del profesor a monseñor José Antonio Satué, que suponían una especie de desautorización del tribunal creado ad hoc y del proceso mismo, con otros argumentos añadidos, solo fue roto el día 16 de marzo de 2023.

En ese día, José María Martínez recibió un burofax del presidente del Tribunal Canónico con un Decreto en el que se le citaba a declarar para este 27 de marzo.

En el Decreto de citación se da un paso más en la clarificación, o en la confusión, jurídica. Porque “contiene una serie de acusaciones sobre los supuestos hechos abusivos que cometió José María Martínez Sanz, acusaciones que el Tribunal Supremo español ya ha rechazado con una sentencia definitiva”, comentan las fuentes.

Por lo tanto, se está cuestionando lo dictado por la máxima instancia judicial española, por una jurisdicción, como es la canónica, que no está reconocida en este caso por el Estado español.

 

Juzgado dos veces

Al margen de lo que supone que a un ciudadano de un Estado de Derecho se le esté juzgando dos veces por el mismo supuesto delito, en contra del principio clásico del “Non bis in idem”, este Decreto es el primero de un procedimiento administrativo penal, según el canon 1720, en el que se indica que, como primer paso, se comunicará al interesado las acusaciones y las pruebas, dándole posibilidad de que se defienda.

 

No asistencia a la citación

Religión Confidencial ha podido saber que el profesor no ha acudido a la citación fijada para este lunes.

Sí lo han hecho sus representantes legales, que han pedido que se  resuelva las cuestiones previas planteadas a ese tribunal especial, dado que la cuestión fundamental es que todavía no ha acreditado que sea autoridad competente para emitir un decreto de citación.

Se trata de unas exigencias formales, consideradas elementales, a las que ni siquiera se ha contestado. Hecho que expresa una escasa voluntad de verdad y de justicia, según apuntan las fuentes consultadas.

Fuentes cercanas a la defensa jurídica de José María Martínez insisten en que estamos hablando “de un ciudadano que ha cumplido su condena, que él considera injusta, pero la ha cumplido, que no tiene deudas con el Estado, y que recibe un ataque brutal, también a través de determinada prensa”.

 

Nuevas actuaciones

La defensa no dudará en llevar a delante todas las actuaciones jurídicas que sean necesarias para la defensa de los derechos fundamentales, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Las fuentes consultadas quieren dejar claro que estas actuaciones no significan deslegitimar a la persona del papa, ni su ministerio petrino. “Es una actuación de defensa de una persona. No pretende hacer daño a la Iglesia”, apuntan.

También aclaran que “el Opus Dei como institución ni se ha puesto de lado, ni se tiene que poner de lado. Y nada de lo que ocurre en este caso afecta al proceso estatutario del Opus Dei ni, mucho menos, al próximo Congreso extraordinario, que no va a abordar esta cuestión, ni tiene por qué hacerlo. Eso son fabulaciones de algunos”, concluyen.

 

Irregularidades

Tres ideas finales, plantean las fuentes, como síntesis. La primera, “no hay fundamento jurídico posible en el derecho universal, en el derecho natural, en el derecho de la Iglesia, para un procedimiento como éste, tal y como se está desarrollando. Se están cometido flagrantes irregularidades para intentar mantenerlo en pie”.

Segundo, no hay que descartar que exista “una clarísima predeterminación del resultado y simplemente un trabajo arduo para intentar encontrar la manera de llegar a la conclusión que se tiene prevista, incluso a costa de vulnerar las normas más fundamentales del derecho”.

Y tercero, “aunque llegue el resultado que se proponen en un plazo breve, el problema no va a terminar aquí. Tendrán que valorar si merece la pena deteriorar el prestigio de la Iglesia poniendo a la Santa Sede en la situación de que haya quien diga que su normativa está en línea con “paraísos de justicia” como Venezuela o Nicaragua”, concluyen nuestras fuentes.