Vaticano

 

Delitos de fuero interno y concesión de indulgencias: así funciona la Penitenciaría Apostólica

 

Monseñor Carlos Encina, oficial de este Dicasterio desde 2006 explica a RC algunas claves del organismo vaticano más antiguo

 

 

 

23/11/25 | Javier Arias


 

 

 

Los orígenes de la Penitenciaría Apostólica se remontan a finales del siglo XII cuando el aumento de las peregrinaciones penitenciales a la Sede Apostólica provocaron un incremento significativo en las solicitudes de absolución de censuras y dispensa de normas canónicas.

 

 

 

  1. Funcionamiento de la Penitenciaría Apostólica
  2. Delitos que son competencia del Dicasterio
  3. Tratamiento del fuero interno
  4. Concesión de indulgencias
  5. Llamada a defender la importancia del sacramento de la confesión
  6. El sacramento de la alegría

 

 

 


Monseñor Carlos Encina, oficial de la Penitenciaría Apostólica.

 

 

 

Para abordar esta situación, los papas delegaron las facultades para tratar ciertos asuntos en un cardenal, posteriormente designado en las fuentes como poenitentiarius papae y, desde las últimas décadas del siglo XIII, como maior poenitentiarius.

A lo largo de los siglos, esta institución curial ha sufrido múltiples cambios y transformaciones. Durante el siglo XX, papas como Benedicto XV, Pío XI, Pablo VI o Juan Pablo II también introdujeron modificaciones. Actualmente, las competencias de la Penitenciaría están reguladas por los artículos 190-193 de la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium del Papa Francisco.

 

Funcionamiento de la Penitenciaría Apostólica

Para conocer más a fondo el funcionamiento de la Penitenciaría Apostólica, Religión Confidencial ha conversado con monseñor Carlos Encina, sacerdote y doctor en derecho canónico y oficial de la Penitenciaría Apostólica desde el año 2006.

Con casi 20 años de trayectoria en este Dicasterio, monseñor Encina explica a RC que la Penitenciaría Apostólica “es un Tribunal apostólico con competencia exclusivamente en el fuero interno”. Este sacerdote no olvida mencionar que entre las instituciones curiales “es la más antigua”. La Penitenciaría se encarga de conceder “absoluciones”, “dispensas”, “gracias”, “sanaciones” y “conmutaciones” además de la concesión de indulgencias.

Respecto a su trabajo como oficial de este Dicasterio, relata que su encomienda es la de estudiar los casos que llegan, proponer solución y redactar las respuestas que posteriormente serán sometidas a la decisión del Cardenal Penitenciario Mayor y firmadas por él.

 

Delitos que son competencia del Dicasterio

Monseñor Carlos Encina detalla a Religión Confidencial los delitos que en estos momentos son competencia de la Penitenciaría Apostólica en el fuero interno y son: la profanación de las Sagradas Especies eucarísticas; la violación directa del sigilo sacramental; la absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo; la agresión física contra el Papa; la consagración episcopal sin mandato pontificio y la atentada ordenación sagrada de una mujer.

“Todos estos delitos son sancionados con una excomunión latae sententiae, esto es, una pena en la cual se incurre automáticamente por el solo hecho de cometer el delito, y cuya absolución o perdón está reservado a la Sede Apostólica”, detalla este oficial del Dicasterio a RC.

 

Tratamiento del fuero interno

Preguntado por el caso Rupnik, monseñor Carlos Encina expone que, al pertenecer al fuero externo, porque existen denuncias contra él, es competencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

En este sentido, monseñor Encina incide en que la Penitenciaría Apostólica “no es un Tribunal al cual se deban presentar las denuncias. Tratándose de delitos de la competencia de la Santa Sede las denuncias son presentadas normalmente por los Obispos al Dicasterio para la Doctrina de la Fe”. A la Penitenciaría “llegan solamente casos presentados por confesores o directores espirituales y en modo anónimo, es decir, utilizando nombres ficticios”, añade.

Para tratar estas cuestiones de fuero interno, este oficial del Dicasterio detalla que no se utiliza el fax ni el correo electrónico e indica que el modo correcto de correspondencia es la carta. Monseñor Carlos Encina subraya que “en dicha carta el confesor procurará exponer objetivamente lo sucedido, en forma clara y sintética, pero mencionando todas las circunstancias que hayan concurrido en el delito que puedan agravar o atenuar la culpabilidad”.

 

Concesión de indulgencias

Otro de los temas clave que es competencia de este organismo vaticano es todo lo que concierne a las indulgencias. Monseñor Encina explica a Religión Confidencial que “para entender el don de las indulgencias es necesario conocer las consecuencias del pecado”.

Por ello, define la indulgencia como “la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo, de la Santísima Virgen María y de los santos”.

Es competencia exclusiva de la Penitenciaría la concesión de indulgencias y estas pueden ser otorgadas en fechas señaladas como “aniversarios de las diócesis, de las parroquias, de lugares sagrados; jubileos sacerdotales; indulgencias para institutos religiosos o asociaciones internacionales; Primeras Santas Misas etc”.

 

Llamada a defender la importancia del sacramento de la confesión

Como oficial de la Penitenciaría Apostólica, se le encomendó durante este año jubilar escuchar confesiones en la Basílica de San Pedro “que lo hago con mucho gusto”, confiesa este sacerdote que revela que es testigo de “los maravillosos frutos del jubileo”.

En su experiencia confesando en San Pedro, ha sido testigo de “muchísimas personas que se confiesan después años sin hacerlo o incluso, hay personas que se confiesan por primera vez en su vida” y añade un dato: Desde marzo de este año “he confesado en la Basílica aproximadamente 9.000 personas. No es mucho el tiempo que se le puede dedicar a cada penitente, pero Dios obra cosas grandes en el alma de esas personas”.

 

El sacramento de la alegría

Monseñor Carlos Encina insiste en que es importante que los penitentes “salgan felices del confesionario; con ganas de confesarse con frecuencia en adelante”, aunque reconoce que lamentablemente el sacramento de la confesión “está pasando por una grave crisis en algunos países del mundo y es necesario utilizar todos los medios para que los fieles puedan descubrir la importancia y necesidad de este sacramento, que concede el perdón de los pecados y muchas gracias, para conducir una vida auténticamente cristiana”.

Es por ello, que este oficial de la Penitenciaría Apostólica y confesor en la Basílica de San Pedro durante el Jubileo, defiende que “sin Confesión no se puede progresar en la vida espiritual. La Confesión, vale la pena recordarlo, es el sacramento de la alegría. Del confesionario se sale siempre feliz y aliviado, con ganas de comenzar una nueva vida en amistad con Dios”.